Año tras año, se ve incrementado el uso de los drones y, con ello, la preocupación de la sociedad respecto a una protección de sus derechos en su círculo privado. En este sentido, es necesaria una regulación que establezca unas limitaciones que garanticen la seguridad de la ciudadanía.
Aunque ya está en vigor el nuevo Reglamento de Protección de Datos aprobado por la Unión Europea, será el próximo 25 de mayo cuando se aplique de forma obligatoria.
¿Cómo afecta a los ciudadanos?
Esto supone una garantía adicional a los ciudadanos europeos ya que el reglamento se aplica a empresas que manejan datos de personas físicas de países europeos y, sin embargo, no contaban con el nivel de protección que marca esta normativa.
Legislación comunitaria
La Comisión Europea ha proyectado un marco normativo para regular de manera uniforme las operaciones de los drones civiles en todo el espacio comunitario. En este documento se alerta de los riesgos que supone el uso de estas aeronaves e incluye recomendaciones, tanto para usuarios como para legisladores, autoridades y fabricantes.
Legislación española
Hasta ahora, la Ley de Protección de Datos española no tenía determinación alguna respecto del uso de drones. De esta forma, la utilización de los mismos que conllevase la captación de imágenes de personas físicas que pudiesen ser identificadas o identificables se regía por los principios y obligaciones de la LOPD.
Sin embargo, con casi 3000 operadores, más de 3600 pilotos y una cifra superior a los 4200 drones registrados en nuestro país (datos de la AESA), era necesario determinar una normativa.
Durante el primer trimestre de 2018 se publicará el ‘Plan Estratégico de Drones’, definiendo las líneas de actuación. Entre otras, se tendrá en cuenta el uso de estas aeronaves en espacios donde hasta ahora no era posible; se establecerán las condiciones que deben cumplir las organizaciones de diseño, fabricación y mantenimiento; asimismo, se reflejarán los requisitos de formación para su pilotaje.
¿Puede un ciudadano de a pie pilotar un dron?
Es importante tener en cuenta que un dron no es un juguete, es una aeronave. Por lo tanto, hay que seguir las recomendaciones de AESA por nuestra seguridad. Entre otras cosas ser mayor de edad y acreditar que disponemos de los conocimientos adecuados para pilotarlo.
En cuanto a los espacios, si el vuelo es en interior, debe ser un recinto completamente cubierto y necesitamos la autorización del propietario. Si la idea es volar el dron en el exterior, conviene considerar las condiciones meteorológicas, no superar los 120 metros de altura y evitar zonas con gente.
Generalmente, son normas de sentido común. Es simplemente mantener nuestra propia seguridad y la de los que nos rodean.
¿Cómo ve el futuro de este sector?
Creemos que esto se va a mantener, ya que la Comisión Europea prevé crear empleos directos en el sector de los drones, además del impacto económico que esto va a conllevar.
Hoy en día, las autoridades españolas ya experimentan al utilizarlos para destapar casos de ilegalidades urbanísticas o pesca ilegal, así como para evitar incendios en los montes, entre otros. Desde luego, es una profesión de futuro.
¿Se debe contratar un seguro para estos dispositivos?
Por supuesto. En polizaplus.com disponemos de un Seguro de Responsabilidad Civil para Drones. Es fundamental saber que los daños que causa el dron son responsabilidad directa de quien lo maneja y disponer de un seguro de este tipo que nos cubra económicamente de cualquier accidente o daño nos permite tener una cierta tranquilidad.
¿Se ha notado un incremento de contratación de seguros de RC para drones desde que comenzó a emerger este sector?
Sí, se ve un crecimiento continuado desde hace un tiempo. De hecho, estas pasadas navidades, los drones resultaron estar en las listas de los 10 productos más buscados para regalar.
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